LaSecretaría Anticorrupción y Buen Gobiernoimpuso una multa de42 millones 849 mil 95 pesosa laFederación Mexicana de Futbol Asociación, A.C. (FMF)por incumplir la legislación sobreprotección de datos personalesmediante el sistemaFAN ID. El procedimiento administrativo concluyó que la organización cometió dos infracciones durante la recopilación deinformación biométricade los aficionados. Falta de claridad sobre uso de fotos, primera
LaSecretaría Anticorrupción y Buen Gobiernoimpuso una multa de42 millones 849 mil 95 pesosa laFederación Mexicana de Futbol Asociación, A.C. (FMF)por incumplir la legislación sobreprotección de datos personalesmediante el sistemaFAN ID.
El procedimiento administrativo concluyó que la organización cometió dos infracciones durante la recopilación deinformación biométricade los aficionados.
Falta de claridad sobre uso de fotos, primera causa
A través de un comunicado,Buen Gobiernoexplicó que laprimera infracciónconsistió enno advertirdentro delaviso de privacidadque las fotografías solicitadas tenían el carácter dedatos sensibles.
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Dicha omisión impidió que los titulares conocieran elalcance realdeltratamiento aplicadoa sus imágenes y pudieran decidir de forma informada sobre su entrega.
De acuerdo con la resolución,laFMFdebía explicar de manera expresa la naturaleza de esos registros y las condiciones bajo las cuales los utilizaría.
Ambiguo consentimiento para procesar información sensible, la segunda
La segunda correspondió alconsentimientorequerido para procesarinformación sensible. El mecanismo empleado sólo pedía marcar una casilla dentro de una página web, sin firma autógrafa, electrónica u otro método deautenticaciónque comprobara la identidad de quien otorgaba la autorización.
La FMF y LIGA MX atenderán las recomendaciones emitidas por el INAI para la correcta implementación de FAN ID.Lee más:https://t.co/mtjgefjHVF#FMFporNuestroFútbolpic.twitter.com/9mrAEK4DkW
Buen Gobiernoseñaló que la ley exige una aprobación expresa, escrita e inequívoca para este tipo de tratamiento. La opción digital utilizada por laFederaciónno acreditó de forma indudable que el propio titular permitió el uso de sus datos.
Además, la dependencia determinó que la asociación incumplió los principios deresponsabilidadylicitud, debido a que no adoptó medidas suficientes para garantizar el manejo adecuado de la información obtenida por medio deFAN ID.
FMF puede impugnar determinación
Para fijar el monto, la autoridad consideró la gravedad de las infracciones, el carácter sensible de losdatos biométricosy la capacidad económica de laFMF. Ese último criterio tomó como referencia su declaración anual de impuestos correspondiente alejercicio fiscal 2024.
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Respecto de la notificación, laSecretaría Anticorrupción y Buen Gobiernoprecisó que el acto obedeció a los plazos establecidos en la legislación y al desarrollo del expediente administrativo. La resolución no impide que la organización recurra a los medios de defensa previstos en el sistema jurídico.
Como parte de ese proceso, laFederación Mexicana de Futbolpodrá impugnar la determinación si lo considera procedente.
La dependencia anticipó que defenderá la legalidad de la sanción al sostener que se emitió con «estricto apego a derecho» y en protección delinterés públicoy de losderechos fundamentalesde las personas.
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