Los aspirantes a la presidencia, tanto de Morena como del Frente Amplio por México, podrán continuar con sus campañas adelantadas sin la obligación de renunciar a sus cargos y con un tope de gasto de hasta 34 millones 370 mil pesos, luego de que el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó este día lineamientos para regular
Los aspirantes a la presidencia, tanto de Morena como del Frente Amplio por México, podrán continuar con sus campañas adelantadas sin la obligación de renunciar a sus cargos y con un tope de gasto de hasta 34 millones 370 mil pesos, luego de que el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó este día lineamientos para regular y fiscalizar los llamados procesos “inéditos”.
Con una mayoría de votos, los consejeros dieron cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que ordenó el 19 de julio al árbitro electoral definir lineamientos para conducir ambos procesos, mismos que la consejera Claudia Zavala recordó no existen en la Constitución ni en la ley.
Zavala advirtió que las definiciones emprendidas por Morena y el Frente Amplio por México son “una afrenta al estado de derecho” y criticó que los partidos políticos violen la ley al iniciar sus procesos antes del periodo de precampaña que la ley prevé arranque en la tercera semana de noviembre.
“A mi me preocupa mucho lo que está sucediendo y me preocupa porque éstas acciones de proselitismo encubierto están generando una afrenta al estado de derecho, de quienes se supone que están mayormente obligados a dar el ejemplo de la importancia del cumplimiento de la Ley.
En otras palabras, si las y los políticos en general desobedecen la ley ¿cómo queremos exigir a los demás que respeten la ley? Si los que se supone que deben poner el ejemplo no lo hacen, ¿cómo pretenden los políticos que las demás lo hagan?”, cuestionó la consejera.
Euripides Flores, representante de Morena ante el Consejo General, dijo que el Tribunal validó la legalidad de los procesos; no obstante, exigió que en los lineamientos se obligue a Santiago Creel y Xóchitl Gálvez a dejar sus cargos de legisladores, pues acusó que es incongruente que legislen y realicen actos proselitistas al mismo tiempo, sin embargo, no se atendió su petición.
El representante de Morena reprochó que no se obligue a los legisladores a renunciar y si se ordene a los servidores públicos no hablar por ningún medio, ya sea a favor o en contra, de las personas inscritas en los procesos o de los partidos que participen y acusó que la restricción tiene dedicatoria para el presidente Andrés Manuel López Obrador.
“Ordenan silenciar a todos los servidores públicos para que no puedan hacer mención de estos personajes y no hay que ser inocentes, esta disposición tiene destinatario particular que es el presidente de la República”, expresó
Fiscalización comprenderá desde el inicio de los procesos
Los consejeros decidieron que la fiscalización comprenda desde la publicación de las convocatorias para la celebración de ambos procesos hasta la publicación de los resultados o declaración final de los mismos, es decir, cuando se dé a conocer a los candidatos a la presidencia de ambos bloques políticos.
Los lineamientos permiten que los presidenciables aporten hasta 2 millones 148 mil 166 pesos a sus actividades proselitistas y que sus simpatizantes los apoyen con hasta 537 mil 41 pesos, ya sean en especie o efectivo que tendrán que ser depositados al partido debidamente.
El INE prohibió que los tres poderes, dependencias u organismos de la administración pública federal, estatal o municipal, organismos internacionales, personas que viven en el extranjero, empresas y personas no identificadas aporten o donen dinero o artículos a los partidos para sus procesos de definición.
El calendario de la fiscalización es el siguiente: 2 de octubre, presentación de informes de gastos por parte de los partidos al INE; del 24 de octubre al 3 de noviembre, corrección de los errores detectados en los informes; 27 de noviembre y 5 de diciembre, elaboración y aprobación, respectivamente, de los dictámenes y resoluciones por parte de la Comisión de Fiscalización; 8 de diciembre, presentación de los dictámenes ante el Consejo General; 15 de diciembre, aprobación del Consejo General.
Propaganda con fines electorales tendrá que ser retirada en 5 días
En cuanto a la propaganda, los espectaculares de todos los aspirantes serán certificados por la autoridad electoral y no deberán contener elementos de naturaleza electoral; en caso de incumplir esta disposición su retiro será ordenado de manera inmediata por conducto de la Secretaría Ejecutiva del INE y se deberá ejecutar en un plazo máximo de 5 días naturales.
Si los espectaculares no son retirados, su costo será considerado como gasto de campaña una vez que el Tribunal los califique como actos anticipados de precampaña.
Todos los espectaculares tendrán que ser retirados en un plazo no mayor de siete días naturales siguientes a la publicación de los resultados o declaración final del proceso político.
Así también, que las empresas entreguen al INE un informe de las encuestas que realicen sobre los procesos políticos, el cual deberá incluir la metodología, costos, personas responsables y resultados de las encuestas o sondeos.
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